En Congreso PLD se propone quien no vote en elecciones nacionales pierda condición miembro
SANTO DOMINGO.- Una de las propuestas más controversiales que asumió la comisión organizadora del VIII Congreso Norge Botello para el debate plantea establecer la obligatoriedad del voto para los miembros del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en las elecciones nacionales.
"Su incumplimiento conllevará la pérdida inmediata de su condición de miembro del partido, salvo justificaciones de fuerza mayor, que deberá demostrar ante el Comité Intermedio de forma documentada en un plazo no mayor de treinta (30) días", indica la propuesta recogida en el capítulo de Asuntos Electorales.
También se plantea la designación de una "Comisión de Colegio Electoral Permanente", integrada por un coordinador y cinco dirigentes, con la misión de asegurar el voto de los electores del colegio que le ha sido asignado como comisión.
"Para lograr ese objetivo, una de sus funciones básicas será mantener un vínculo dinámico con los electores del colegio asignado, a través de los dirigentes del partido que influyen en ellos y/o directamente con los electores", expresan.
Además, se sugiere establecer la obligatoriedad del voto a los presidentes de Comités de Base (CC.BB.) en los procesos internos del PLD, con la advertencia de que su incumplimiento conllevará la pérdida de su condición de presidente de CC.BB.
Se indica que sería así, salvo justificaciones de causa mayor que deberá demostrar ante la dirección municipal, de circunscripción o seccional de forma documentada en un plazo no mayor de 30 días.
Esta disposición sería aplicable a los presidentes de Comités Intermedios y a todos los niveles de dirección del PLD.
"Su incumplimiento conllevará la pérdida inmediata de su condición de miembro del partido, salvo justificaciones de fuerza mayor, que deberá demostrar ante el Comité Intermedio de forma documentada en un plazo no mayor de treinta (30) días", indica la propuesta recogida en el capítulo de Asuntos Electorales.
También se plantea la designación de una "Comisión de Colegio Electoral Permanente", integrada por un coordinador y cinco dirigentes, con la misión de asegurar el voto de los electores del colegio que le ha sido asignado como comisión.
"Para lograr ese objetivo, una de sus funciones básicas será mantener un vínculo dinámico con los electores del colegio asignado, a través de los dirigentes del partido que influyen en ellos y/o directamente con los electores", expresan.
Además, se sugiere establecer la obligatoriedad del voto a los presidentes de Comités de Base (CC.BB.) en los procesos internos del PLD, con la advertencia de que su incumplimiento conllevará la pérdida de su condición de presidente de CC.BB.
Se indica que sería así, salvo justificaciones de causa mayor que deberá demostrar ante la dirección municipal, de circunscripción o seccional de forma documentada en un plazo no mayor de 30 días.
Esta disposición sería aplicable a los presidentes de Comités Intermedios y a todos los niveles de dirección del PLD.